Los regimenes de seguridad social europeos varían mucho en lo que se refiere a su financiación, las prestaciones y la calidad de servicios. En varios países existen unos sistemas suplementarios para los trabajadores agrícolas tales como los planes de pensiones adicionales pactados en los convenios o existentes en las empresas.
Existe un fondo público de pensiones, un fondo de asistencia médica y un fondo de pensiones suplementarias por medio de seguros por accidente.
La seguridad social está organizada por el Estado, la Inspección de la Legislación Social ejerce el control sobre los convenios con el fin de proteger al trabajador.
En la agricultura búlgara el 66 % de los trabajadores tiene más de 55 años. Esta situación está a raíz de un problema de cobertura de la seguridad social.
Existen 2 sistemas: el sistema estatal de pensiones y prestaciones de huérfanos (5,05 % de la totalidad de la remuneración) y „el segundo pillar”, BVG (privado), que está obligatorio tan sólo a partir de la remuneración de 24.000 CHF anuales. Por lo tanto la persona que percibe un salario de 3.000 CHF, está asegurada en BVG tan sólo para la cantidad de 1.000 CHF, lo que da 2 % de toda la remuneración después de haber cotizado 25 años. Más elevada es la remuneración y más avanzada es la edad, más crece la cotización, hasta llegar a unos 10 %.
El sistema de seguridad suizo está financiado por las cotizaciones. Existe un fondo de seguros de pensiones para la agricultura suiza, el fondo de pensiones cantonal y caja de seguros de huérfanos (estatal) más 2 fondos de seguros privados de BVG (las partes alemana y francesa de Suiza).
Existe un sistema de seguridad social general, donde ingresan sus cotizaciones tanto los empresarios como los asalariados.
En la República Checa existe un sistema estatal de la seguridad social.
En Alemania existe un sistema de seguridad social paritario establecido por la ley. Junto con el régimen de pensiones público existe un la agricultura un régimen de pensiones suplementario (ZLA/ZLF), que está fijados por los convenios colectivos en las regiones de la antigua RFA y en Turingia (en virtud de una declaración sobre la aplicación extendida del convenio colectivo). Al lado (en algunas regiones y en algunos sectores), conforme con los convenios colectivos existen regulaciones a nivel empresarial de regímenes de jubilaciones adicionales y las jubilaciones anticipadas.
El régimen de la seguridad social está financiado principalmente por los impuestos. Cada persona que tiene ingresos, contribuye al sistema, conforme con el nivel de ingresos (mínimo con el 8 % y máximo con el 63 % de la remuneración bruta). Los servicios, por ejemplo la asistencia médica, se prestan gratuitamente.
En los convenios colectivos se ha determinado un régimen de pensiones suplementario. En Dinamarca el seguro por desempleo está gestionado por los sindicatos. Cada empleado, independientemente si está afiliado al sindicato o no, puede ingresar 45 € mensualmente al fondo sindical de desempleados (3FA) y en el caso de encontrarse sin trabajo recibirá prestaciones (alrededor de 90 % de la última remuneración bruta). El estado danés también financia este fondo pagando 45 € mensualmente por cada trabajador.
Después de haber cotizado durante un año el empleado tiene derecho a la prestación por desempleo (cuya cantidad depende de su salario). Después de haber trabajado y cotizado durante 5 años tiene derecho a la prestación por desempleo a nivel del 55 % de su remuneración media. Después de haber trabajado y cotizado durante 10 años, el trabajador recibe una prestación a nivel del 100 % de su remuneración.
Esta prestación le corresponde durante el período de un año.
Existe un régimen uniforme de seguridad social para los trabajadores agrarios. Diferentes instituciones públicas se encargan de los planes de pensiones, seguros médicos, por desempleo y por accidente.
En Finlandia existe un régimen público de la seguridad social (pensiones, seguros médicos y por desempleo). Durante la enfermedad el trabajador durante 9 días percibe su remuneración del empresario y después del sistema de seguridad social público. Un trabajador a tiempo completo percibe la remuneración completa durante 45 días de baja. Se está llevando a cabo una discusión política sobre si le debería corresponder la remuneración después de este término.
Los empresarios están obligados a asegurar en las compañías privadas a sus trabajadores por accidente en el lugar del trabajo y en camino hacia y de vuelta del trabajo.
En Francia existe un régimen de seguridad social especial para empleados y empresarios del sector agrícola.
Existe un régimen de la seguridad social estatal, mantenido por las cotizaciones. El sistema estatal de la salud (National Health Service) está financiado por las cotizaciones y por los impuestos.
La institución de la seguridad social (IKA) es la compañía de seguros más importante en Grecia. Está financiada por las cotizaciones de los trabajadores y empresarios y por los impuestos.
Los trabajadores abonan sus cotizaciones a un fondo de pensiones público.
En Hungría existe el sistema de seguridad social estatal.
Existe un sistema de seguridad social estatal.
Existe un sistema de seguros de pensiones público. Los seguros de asistencia médica son privados. En el convenio colectivo se ha determinado que los empresarios tienen la obligación de asegurar a sus empleados.
Existe un sistema de seguridad social estatal, la Institución Nacional de Seguros Sociales (INPS).
El empresario tiene que abonar anualmente una remuneración suplementaria destinada a la futura gratificación final. Estas normas están sido modificadas ahora mismo. Se organizarán unos fondos financiados por las dos partes sociales. Los empleados podrán entonces decidir personalmente si sus contribuciones (un salario mensual) deben de ser transferidas al fondo. Este dinero, más 1 % abonado por el empresario y los intereses sobre el capital acumulado están destinados para un plano de pensiones suplementario.
Existen los sistemas estatales de pensión, de asistencia médica, de seguros por accidente y de seguros por desempleo. Los hombres tienen derecho de jubilarse al cumplir 62,5 años y las mujeres 60 años. La jubilación mínima equivale al salario mínimo legal.
Los empresarios pagan 3 primeros días de baja por enfermedad, luego el trabajador percibe el 80 % del salario medio del fondo de salud.
Las prestaciones por desempleo corresponden durante un período de 6 meses, y equivalen en general a 50-70 % del salario medio.
En el caso del accidente del trabajo se paga el 100 % de la remuneración.
Existe un sistema de seguridad social independiente, gestionado por las partes sociales.
Existe un sistema de seguridad social público. Hay un régimen para todos los sectores, financiado por las cotizaciones que juntas equivalen al 33,09 % de cada remuneración.
La pensión mínima oficial es de 101 €, una pensión media es de 110 €.
Durante la baja por enfermedad, el primer día el empleado no percibe su salario, después durante dos semanas le corresponde el 80 % de la remuneración abonado por el empresario. Pasado este tiempo la remuneración la paga la caja de salud. Si el empresario no ha ingresado las cotizaciones debidas, el empleado no recibe ninguna prestación.
La prestación por desempleo está garantizada durante 9 meses: durante 3 primeros meses corresponde el 80 % del salario medio en el sector, durante los 3 meses siguientes el 50 % del salario medio y durante los tres últimos el salario mínimo. Las prestaciones corresponden tan sólo después de haber trabajado 12 meses.
Las cotizaciones se pagan al sistema público de pensiones y seguridad social.
Existe un plan de pensiones, que permite al jubilado percibir una pensión mínima, que ahora para las personas solteras es de 11.000 € anuales y para las personas casados de 16.500 €. Estas cantidades se calculan a base de la remuneración mínima establecida por la ley. Un seguro suplementario financiado por un fondo de pensiones, pactado en los convenios, permite, después de haber trabajado 40 años, percibir como una prestación de jubilación una cantidad que puede alcanzar hasta el 75 % de la última remuneración.
El seguro de asistencia médica es privado. Los empresarios abonan el 6,5 % del salario a este sistema.
El seguro por desempleo está garantizado por un período de 38 meses. Entre el primero y tercero mes se abona el 75 % de la remuneración y luego hasta el treinta octavo mes el 70 %.
El seguro por accidente está obligatorio y está financiado por las cotizaciones a la seguridad social tanto de los trabajadores como los empresarios.
Existe un régimen público de pensiones y seguridad social. Los empresarios están obligados a asegurar a sus trabajadores en las compañías privadas por accidente en el trabajo. La contribución anual a este sistema es de 300 €.
En Noruega se estima que las bajas por enfermedad corresponden a 10 % del tiempo de trabajo total.
Los propietarios de las empresas agrícolas pagan sus cotizaciones en el régimen general de la seguridad social (ZUS), mientras que los agricultores autónomos y sus familias están cotizando en el régimen agrario (KRUS). Las contribuciones que los empresarios pagan a ZUS son superiores que las que se paga a KRUS. Las personas nacidas después de 1949 pueden abonar dinero a un plan de pensiones suplementario destinado a aumentar la jubilación que van a recibir.
Los trabajadores están obligatoriamente asegurados en el régimen de la seguridad social. El sistema es independiente y bajo el control del Estado. Está financiado por las las cotizaciones de los trabajadores, las contribuciones de los empresarios y los fondos públicos (impuestos). Para tener el seguro por accidente en el lugar de trabajo se cotiza en las compañías de seguros privadas. El sistema está sujeto al control del Estado. El empresario tiene que asegurar al empleado.
En Rumanía existe un sistema de seguridad social público.
Existe un régimen estatal de salud y de pensiones. En el caso de baja por enfermedad durante los primeros 14 días el trabajador percibe 85 % de su remuneración. El trabajador tiene derecho a 7 días libres por enfermedad sin baja médica. Por el primer día de baja no se percibe la remuneración.
Para tener un seguro por accidentes ocurridos en el trabajo y sobre el camino (hacia o de vuelta) del trabajo se cotiza en las compañías de seguros privadas.
Existe un sistema de seguridad social estatal.
Existe un sistema de seguridad social público.
El derecho a la seguridad social está inscrito en la Ley Orgánica turca. Existen instituciones de seguros para los trabajadores, los asalariados de las empresas públicas y los autónomos. Los miembros de sus familias también están cubiertos por el sistema social.
Existen seguros de jubilación, por desempleo, de salud así que las vacaciones de maternidad y las prestaciones de maternidad.